Está por vencer una ley que suspende desalojos a pueblos originarios: ¿qué puede pasar si no se renueva?

Una norma nacional de 2006 declara la emergencia para la posesión de tierras de indígenas y prohíbe su desalojo. La ley crea un relevamiento de estas poblaciones, pero, a pesar de dos prórrogas en el tiempo, el Estado sólo censó la mitad de estas comunidades.
En la Argentina rige la Ley 26.160, que declara “la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas” y suspende la ejecución de desalojo de esas tierras. Sin embargo, el 23 de noviembre de 2017 vencerá esta ley (vigente gracias a prórrogas sucesivas desde hace más de 10 años) y diversas organizaciones piden su prórroga. ¿Qué dice la norma y qué puede pasar si no se renueva su plazo?
La ley, de 2006 y prorrogada en 2009 y 2013, determina que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) que depende del Ministerio de Justicia de la Nación deberá realizar un relevamiento de las tierras que ocupan las comunidades indígenas. La ONG Amnistía Internacional informó que, según datos oficiales, hay 1.532 comunidades identificadas en la actualidad y sólo 759 han iniciado el proceso de relevamiento. Esto es menos de la mitad: un 49% del total.
Según un estudio de la Auditoría General de la Nación (AGN) de 2012, “no se advierte que el INAI posea la estructura organizativa, ni los recursos humanos para el cumplimiento de las funciones que debe llevar adelante”. En este mismo informe, el INAI se defendió y acusó, entre otras cosas, al “carácter dinámico” (por ejemplo, el aumento de las comunidades) de los pueblos originarios que deben ser relevados. En 2017, la AGN destacó nuevamente “lo limitado de las facultades del INAI para cumplir con la función que le asigna la Ley 26.160”.
Además, Jimena Psathakis, presidenta del INAI, agregó a Chequeado que, entre las causas del retraso, se encuentran los “conflictos al interior de las propias comunidades respecto a la representatividad”, los “procesos de judicialización” o mismo el “desconocimiento” por parte de algunas comunidades del relevamiento creado por la ley.
Amnistía señaló en un informe que la ley “no reconoce ni avanza en la titulación de tierras”, aunque sí “constituye un paso previo positivo muy importante para que las comunidades indígenas puedan identificar su territorio y puedan obtener los títulos de propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan”.
Según explicó a este medio Silvina Ramírez, abogada de la Asociación de Abogados y Abogadas de Derechos Indígenas (AADI), “la ley nació para ponerle paños fríos a las cuestiones territoriales” y, aunque sostuvo que “los desalojos se produjeron igual” en los últimos años, también destacó la importancia de la continuidad de esta norma como un primer paso para la entrega de títulos.
En este sentido, Luna Miguens, coordinadora del área Derechos Económicos, Sociales y Culturales el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), coincidió en que, como la ley no entrega los títulos de propiedad, esto genera que sigan existiendo desalojos a pesar de la norma. Finalmente, agregó que “es importante en el corto plazo aprobar la prórroga y también plantear cómo mejorar los procedimientos del relevamiento”.
La defensora General de la Nación, Stella Martínez, también se pronunció a favor de la prórroga de la Ley 26.160 ya que “establece normas de fundamental importancia para la protección de los derechos de los pueblos originarios”. Asimismo, hay diversos proyectos en la Cámara de Diputados y en el Senado para prorrogar nuevamente esta ley. Psathakis, presidenta del INAI, informó a Chequeado que desde el instituto son “optimistas en que la ley sea prorrogada”.
Fuente: Chequeado.com

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