La Cámara Nacional Electoral confirmó la lista de los documentos con los que podés votar el 9 de agosto.
Para las Primarias del 9 de agosto de 2015 y las Generales del 25 de octubre se podrá votar con cualquier documento identificatorio que se encuentre en buen estado y sea el último tramitado por el votante.
Importante: No importa si lleva la leyenda "No válido para votar" (cf. art. 167, Código Electoral Nacional).
Los documentos válidos para votar son:
Libreta de Enrolamiento
Libreta Cívica
Documento Nacional de Identidad (Libreta Verde)
Documento Nacional de Identidad (Libreta Celeste)
Tarjeta de D.N.I.
Libreta Celeste
Nuevo D.N.I. Tarjeta
Pero, obviamente, no se permitirá el voto al ciudadanos que tenga un documento anterior al que figura en el padrón electoral. En el padrón figura si es duplicado o triplicado. Si figura duplicado y uno lleva el origianl, no podrá votar.
Pero sí podrá votar el que presente un documento emitido con posterioridad al documento registrado en el padrón.
Para las Primarias del 9 de agosto de 2015 y las Generales del 25 de octubre se podrá votar con cualquier documento identificatorio que se encuentre en buen estado y sea el último tramitado por el votante.
Importante: No importa si lleva la leyenda "No válido para votar" (cf. art. 167, Código Electoral Nacional).
Los documentos válidos para votar son:
Libreta de Enrolamiento
Libreta Cívica
Documento Nacional de Identidad (Libreta Verde)
Documento Nacional de Identidad (Libreta Celeste)
Tarjeta de D.N.I.
Libreta Celeste
Nuevo D.N.I. Tarjeta
Pero, obviamente, no se permitirá el voto al ciudadanos que tenga un documento anterior al que figura en el padrón electoral. En el padrón figura si es duplicado o triplicado. Si figura duplicado y uno lleva el origianl, no podrá votar.
Pero sí podrá votar el que presente un documento emitido con posterioridad al documento registrado en el padrón.
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