En razón a que todavía no se pudo designar al nuevo presidente y otros cargos de la Asociación de Fomento de Villa Sarmiento, quien debió surgir de los socios electos en la asamblea del domingo 8 de octubre, se ha intimado por carta documento, para que a la brevedad se cubran los cargos vacantes. A continuación reproducimos el texto de la convocatoria a elecciones, publicada en el boletín de la Asociación y, a su finalización el texto de la carta enviada.
El domingo 8 de octubre del presente año he participado de la Asamblea Anual Ordinaria de esa Asociación.
La convocatoria a la Asamblea General Ordinaria en su punto 4) decía: “Elección de tres (3) miembros titulares por dos años para integrar la nueva Comisión en reemplazo de los Señores Hugo Elías, Nelvy Del Ciampo y Rubén Gemignani, por terminación de sus mandatos. Elección de cuatro (4) miembros suplentes por un año en reemplazo de la Sra. María Bronzina y los Señores Gregorio Narizzano César González Zan y Arnaldo Mamianetti”
Hemos elegido por voto soberano sin ningún tipo de impugnaciones, a los socios que se postularon para cubrir cargos vacantes y hemos dado por cerrado el Acto, sin novedades de ningún tipo, incluso respecto de alguna desinteligencia o “falta de Reglamento de Comisión Directiva” que impidiese dar formalidad administrativa, a lo resuelto en la ASAMBLEA ANUAL.
Estoy informado que los cargos vacantes que se sometieron a votación el domingo 8 pasado, aún no fueron cubiertos conforme marca el Reglamento de Comisión Directiva, aduciendo algunos integrantes de la Asociación con mandato no vencido, que no saben cómo proceder para cubrirlos, porque aseguran que el único Reglamento de Comisión Directiva, por el cual nos veníamos rigiendo hasta la actualidad, nunca fue volcado en Actas (¿será así?), lo que implicaría según su criterio, que carece de formalidad administrativa y estatutaria, esto es resumido, cuando el resultado no favorece algunos intereses sectorizados, el Reglamento no es válido, mientras que si favorece, se ajusta a derecho.
Yo formé parte de la Comisión Directiva por un período de un año y en esa oportunidad después de haber sido electo, recuerdo que la señora Lila D`Agostino, ex Presidenta de la Asociación en esa época, se manejó con los Estatutos vigentes y el Reglamento de Comisión Directiva del cual ahora se duda de su legitimidad. Yo mismo conservo de esa oportunidad, una copia de dicho Reglamento en mis archivos personales, referidos a la Institución.
Ya es muy notorio e inadmisible que un grupo de militantes de un Partido Político, pretende atropellar a nuestra Institución centenaria, desconociendo el resultado de las elecciones, por cuanto la Asamblea Soberana no revalidó el mandato del Señor Hugo Elías, individuo de reconocida militancia Política Partidaria, desconociendo las normas internas por las cuales nos regimos desde hace muchos años.
El artículo 3º inciso c) del Reglamento de CD de la Asociación de Fomento, dice: “Entre los vocales titulares elegidos por la Asamblea se elegirán por consenso, los cargo vacantes de presidente/Vicepresidente/Secretario/Prosecretario/Tesoreso/Protesorero, mientras que los restantes se integrarán a la CD en orden a los votos obtenidos en la Asamblea y a continuación de los vocales que continúan en sus cargos según inciso b.”
Así que no deberían existir dudas: El texto del Reglamento dice claramente: “Entre los vocales titulares elegidos por la Asamblea”; no habla de someter a los candidatos a una nueva elección interna, esta vez por parte de la Comisión que no renueva mandatos.
No hay duda que estamos ante un exabrupto propio de la militancia partidaria y este proceder no es digno de una Institución cuyo cometido es la acción social sin fines de lucro, de cara a nuestra comunidad. ¿Alguien pensó en la Comunidad que se congregó para votar el último domingo antes de poner en duda la legitimidad del Reglamento de Comisión Directiva?
En mi carácter de socio de la Institución, exijo se cubran los cargos vacantes, con los socios electos en Asamblea Soberana. De diferirse la incorporación de las nuevas autoridades a la Comisión Directiva, conforme las vacancias surgidas, apelando a chicanas inexplicables, cualquier socio (en mi caso quien suscribe) puede peticionar conforme lo establece la DISPOSICIÓN GENERAL Nº 45/2015 a la Dirección de Fiscalizaciones dependiente de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, para que disponga la INTEVENCIÓN de la Asociación de Fomento, a través de un Delegado Estatal (artículo 3.4 del Decreto Ley Nº 8671/76), hasta lograr su normalización, habida cuenta la negativa de la Comisión Directiva, para cumplir el mandato de la última Asamblea que designó nuevas autoridades.
Quedan ustedes fehacientemente notificados.
La convocatoria a la Asamblea General Ordinaria en su punto 4) decía: “Elección de tres (3) miembros titulares por dos años para integrar la nueva Comisión en reemplazo de los Señores Hugo Elías, Nelvy Del Ciampo y Rubén Gemignani, por terminación de sus mandatos. Elección de cuatro (4) miembros suplentes por un año en reemplazo de la Sra. María Bronzina y los Señores Gregorio Narizzano César González Zan y Arnaldo Mamianetti”
Hemos elegido por voto soberano sin ningún tipo de impugnaciones, a los socios que se postularon para cubrir cargos vacantes y hemos dado por cerrado el Acto, sin novedades de ningún tipo, incluso respecto de alguna desinteligencia o “falta de Reglamento de Comisión Directiva” que impidiese dar formalidad administrativa, a lo resuelto en la ASAMBLEA ANUAL.
Estoy informado que los cargos vacantes que se sometieron a votación el domingo 8 pasado, aún no fueron cubiertos conforme marca el Reglamento de Comisión Directiva, aduciendo algunos integrantes de la Asociación con mandato no vencido, que no saben cómo proceder para cubrirlos, porque aseguran que el único Reglamento de Comisión Directiva, por el cual nos veníamos rigiendo hasta la actualidad, nunca fue volcado en Actas (¿será así?), lo que implicaría según su criterio, que carece de formalidad administrativa y estatutaria, esto es resumido, cuando el resultado no favorece algunos intereses sectorizados, el Reglamento no es válido, mientras que si favorece, se ajusta a derecho.
Yo formé parte de la Comisión Directiva por un período de un año y en esa oportunidad después de haber sido electo, recuerdo que la señora Lila D`Agostino, ex Presidenta de la Asociación en esa época, se manejó con los Estatutos vigentes y el Reglamento de Comisión Directiva del cual ahora se duda de su legitimidad. Yo mismo conservo de esa oportunidad, una copia de dicho Reglamento en mis archivos personales, referidos a la Institución.
Ya es muy notorio e inadmisible que un grupo de militantes de un Partido Político, pretende atropellar a nuestra Institución centenaria, desconociendo el resultado de las elecciones, por cuanto la Asamblea Soberana no revalidó el mandato del Señor Hugo Elías, individuo de reconocida militancia Política Partidaria, desconociendo las normas internas por las cuales nos regimos desde hace muchos años.
El artículo 3º inciso c) del Reglamento de CD de la Asociación de Fomento, dice: “Entre los vocales titulares elegidos por la Asamblea se elegirán por consenso, los cargo vacantes de presidente/Vicepresidente/Secretario/Prosecretario/Tesoreso/Protesorero, mientras que los restantes se integrarán a la CD en orden a los votos obtenidos en la Asamblea y a continuación de los vocales que continúan en sus cargos según inciso b.”
Así que no deberían existir dudas: El texto del Reglamento dice claramente: “Entre los vocales titulares elegidos por la Asamblea”; no habla de someter a los candidatos a una nueva elección interna, esta vez por parte de la Comisión que no renueva mandatos.
No hay duda que estamos ante un exabrupto propio de la militancia partidaria y este proceder no es digno de una Institución cuyo cometido es la acción social sin fines de lucro, de cara a nuestra comunidad. ¿Alguien pensó en la Comunidad que se congregó para votar el último domingo antes de poner en duda la legitimidad del Reglamento de Comisión Directiva?
En mi carácter de socio de la Institución, exijo se cubran los cargos vacantes, con los socios electos en Asamblea Soberana. De diferirse la incorporación de las nuevas autoridades a la Comisión Directiva, conforme las vacancias surgidas, apelando a chicanas inexplicables, cualquier socio (en mi caso quien suscribe) puede peticionar conforme lo establece la DISPOSICIÓN GENERAL Nº 45/2015 a la Dirección de Fiscalizaciones dependiente de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, para que disponga la INTEVENCIÓN de la Asociación de Fomento, a través de un Delegado Estatal (artículo 3.4 del Decreto Ley Nº 8671/76), hasta lograr su normalización, habida cuenta la negativa de la Comisión Directiva, para cumplir el mandato de la última Asamblea que designó nuevas autoridades.
Quedan ustedes fehacientemente notificados.
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