Esta semana se publicó en el Boletín Oficial la resolución que aprueba unconvenio entre la Secretaría de Comunicaciones y la ANSES. El texto establece la posibilidad de que la primera utilice la base de datos de la segunda (que incluye información como el CUIT/CUIL, el estado civil o el nivel educativo) con el fin de “mantener informada a la población” e “incorporar la diversidad federal en la comunicación pública”. ¿Qué dice la ley al respecto?
La Ley de Protección de Datos Personales habilita la cesión de información sin consentimiento de las personas siempre que “se realice entre dependencias de los órganos del Estado en forma directa, en la medida del cumplimiento de sus respectivas competencias”. En esto hizo hincapié Eduardo Bertoni, titular de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, quien sostuvo la legalidad del acuerdo, destacó que no se trata de datos sensibles (los que pueden dar lugar a discriminaciones, como la religión o enfermedades), y advirtió que sería ilegal si se llegaran a utilizar los datos por fuera de las competencias de los organismos, como por ejemplo hacer propaganda partidaria.
Las críticas se basan fundamentalmente en que la norma especifica que los datos “no pueden ser utilizados para finalidades distintas o incompatibles con aquellas que motivaron su obtención”. La Asociación por los Derechos Civiles (ADC), por ejemplo, expresó que “resulta de dudosa justificación utilizar datos que fueron recogidos con la finalidad de ayudar a un buen funcionamiento del sistema de seguridad social, para actividades de comunicación de todo el accionar gubernamental”. Desde Fundación Vía Libre, Beatriz Busaniche consideró que el problema es la ley, porque “le da demasiadas potestades al Estado”.
Fuente: Chequeado.com
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