Según la resolución, el envase de 10 kilos saldrá $97 con impuestos incluidos. El texto también estableció un tope para los fraccionadores.
En la Resolución 19 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos modificó además la metodología de cálculo del precio de referencia, que no incluye impuestos ni el costo por el servicio de venta a domicilio.
En dicha resolución el gobierno segmentó el precio máximo de la garrafa para cada instancia de la cadena. El fraccionador tendrá un máximo de $ 39,30 por garrafa de 10 kilos, $ 47,16 por garrafa de 12 kilos y $ 58,95 por la de 15 kilos. El distribuidor, $ 78,50 la de 10 kilos, $ 94,20 la de 12 y $ 117,75 la de 15. A estos valores se les debe sumar el 10,5% correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El gobierno nacional fijó precios máximos de referencia para las garrafas de gas de uso domiciliario, que se sitúan en 87,78 pesos la unidad de 10 kilos más IVA. Como el impuesto es del 10,5%, la garrafa se venderá a un máximo de 97 pesos en todo el país.
En la Resolución 19 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos modificó además la metodología de cálculo del precio de referencia, que no incluye impuestos ni el costo por el servicio de venta a domicilio.
En dicha resolución el gobierno segmentó el precio máximo de la garrafa para cada instancia de la cadena. El fraccionador tendrá un máximo de $ 39,30 por garrafa de 10 kilos, $ 47,16 por garrafa de 12 kilos y $ 58,95 por la de 15 kilos. El distribuidor, $ 78,50 la de 10 kilos, $ 94,20 la de 12 y $ 117,75 la de 15. A estos valores se les debe sumar el 10,5% correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

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