Diputados sancionó la Ley Justina, para que todos los argentinos sean donantes salvo que se opongan en vida

EL PROYECTO FUE MOTORIZADO POR EZEQUIEL LO CANE, PAPÁ DE LA NIÑA DE 12 AÑOS QUE FALLECIÓ ESPERANDO UN CORAZÓN. HUBO 202 VOTOS A FAVOR DE UNA NORMA QUE SE PROPONE AUMENTAR LA CANTIDAD DE TRASPLANTES DE ÓRGANOS Y TEJIDOS.
Los padres de Justina, la vecina de Morón Mariela Acuña y el titular del INCUCAI, Alberto Maceira, presenciaron con emoción el debate en Diputados
La Cámara de Diputados sancionó por unanimidad la denominada “Ley Justina”, que marca un antes y un después en la donación de órganos en la Argentina. A partir de esta norma, a la que únicamente le falta la respectiva reglamentación del Poder Ejecutivo, todas las personas son donantes de órganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria en vida.

El proyecto, cuyo autor fue el senador pampeano Juan Carlos Marino, había sido aprobado en el Senado también por unanimidad el 30 de mayo, y será recordada como una de las pocas leyes que logró consenso absoluto en ambas cámaras. Incluso en Diputados no necesitó discusión. La campaña realizada por los papás de Justina Lo Cane, la nena de 12 años que falleció el 22 de noviembre del año pasado esperando un trasplante de corazón a tiempo, fue determinante para el respaldo parlamentario conseguido. Como pasó en el Senado, los padres de Justina, Ezequiel y Paola, también sus hermanos y abuelos, siguieron todas las alternativas, presentes en el recinto con profunda emoción.


EL PAPÁ DE JUSTINA DETALLÓ LOS ALCANCES DE LA LEY EN PRIMER PLANO RECARGADO

La nueva ley regula las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en la Argentina. Prevé que los establecimientos de salud habilitados para hacer trasplantes cuenten con servicios destinados a la donación, que permitirán detectar, evaluar y tratar al donante. Hay unas 10.500 personas en la Argentina que esperan por un trasplante, se destacó durante el debate. Y sólo donan hasta ahora, 13 personas por cada millón de habitantes.
La ley, que modifica la normativa anterior, establece la donación cruzada en el caso de trasplante de riñón (con donante vivo). También explicita que podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos, a toda persona capaz mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos.

La ley establece la creación del Servicio de Procuración en los hospitales públicos y privados, que deberán contar con servicios destinados a la donación de órganos y tejidos, que permitan garantizar la correcta detección, evaluación y tratamiento del donante. Este servicio deberá contar al menos con un profesional que deberá detectar potenciales donantes, proveer a las familias la información completa y precisa sobre la donación de órganos, garantizar el desarrollo del proceso de donación y generar acciones de difusión y capacitación dentro de la institución. También se establece un régimen de capacitación permanente para el recurso humano afectado al proceso de donación y trasplante.

Fuente: Primer Plano

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