Fuerte suba en las multas por vender alcohol a menores en Provincia: llegan a 500 mil pesos

El montó aumentó 10 veces. También se elevaron las penas. Pero advierten que hay fallas en los controles.
A partir de este mes, vulnerar las restricciones en la venta de alcohol en Buenos Aires será 10 veces más caro. El gobierno de María Eugenia Vidal promulgó una reforma a la ley que regula la comercialización de bebidas alcohólicas y aumenta las multas y las penas para los dueños de locales que no cumplan las prohibiciones.

Desde hace más de 20 años, en Buenos Aires el Estado limita la venta de estos productos a menores de 18 años en cualquier hora del día. Para el resto de los consumidores, la restricción es entre las 21 y las 10 de la mañana. Con el ajuste de las sanciones, se establecen multas de entre 5 a 50 salarios mínimos vital y móvil. O sea, casi 50 mil a 500 mil pesos por romper la veda. Hasta ayer, se pagaba de 5.000 a 50 mil pesos.

El Poder Ejecutivo puso en vigencia una modificación a la ley 11.748 que subió las multas, pero además establece que podrán ser sancionados con arresto de 30 a 90 días y la clausura del local de 30 a 180 días. No se conocen -en los últimos años- casos de este tipo de condenas en la justicia Correccional bonaerense.

Tampoco resulta efectivo el control y supervisión de esta regulación. En La Plata, por caso, se conocen decenas de kioscos y almacenes que permanecen las 24 horas abiertos y venden bebidas alcohólicas fuera del rango permitido y también a menores.

Un informe del Observatorio sobre adicciones y consumo problemáticos de la Defensoría del Pueblo de la Provincia determinó que el 69 por ciento de los adolescentes de entre 12 y 17 años encuestados en la ciudad de La Plata consume alcohol. El estudio, realizado en base a una muestra de 500 chicos, solicitó información acerca de la denominada "previa" que realizan antes de salir a fiestas o boliches: el 70 por ciento dijo que consumió alcohol en el último mes.

El defensor Adjunto, Walter Martello, consideró "un avance" la entrada en vigencia de las nuevas sanciones y también la innovación incorporada que actualiza los montos en forma automática. "Hasta ahora, la multa era irrisoria y, conjugado con los escasos controles municipales y provinciales, hacía que los comerciantes prefieran pagar antes que cumplir".

La Ley 11.748 prohíbe en todo el territorio provincial la venta, expendio o suministro a menores de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación, en cualquier hora del día, aún cuando el consumo se realice fuera del local. Y veda la instalación de máquinas expendedoras de bebidas de cualquier tipo o graduación en ámbitos a los que los menores tengan acceso irrestricto. El consumo, además, está prohibido en cualquier local, comercio o establecimiento, aún cuando no las vendan.

Para poder comercializar, en restorantes, bares, confiterías, es obligatorio inscribirse en un registro (el REBA) que otorga licencias anuales. Ese carnet tiene un costo y también la renovación.

Fuente: Clarín

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