En quince días se publicará en el Boletín Oficial. La ley 26.879 fue aprobada en julio de 2013 pero luego se frenó.
Tras el abuso sexual y asesinato de Micaela García en la ciudad de Gualeguay, en la provincia de Entre Ríos, el gobierno nacional aceleró la puesta en marcha del registro de violadores y dentro de los próximos 15 días se publicará en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley sancionada cuatro años atrás.
La ley 26.879, aprobada a principios de julio de 2013 y frenada desde entonces, dispone que el Estado obtenga una muestra de ADN de quienes hayan sido condenados por delitos contra la integridad sexual. La información será almacenada para contrastarla en el caso de que se investigue una posible reincidencia de parte de los agresores.
La creación de este registro, que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia de la Nación, a cargo de Martín Borrelli, tiene como objetivo “facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial en materia penal vinculada a delitos contra la integridad sexual y con el objeto de proceder a individualizar a las personas responsables”.
Aparentemente, se conformará una comisión integrada por un miembro del Ministerio de Justicia, otro del Ministerio de Seguridad y uno del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. Además, se “podrá invitar a participar a representantes de los Poderes Judiciales y de los Ministerios Públicos, así como a representantes del sector académico vinculados a la materia”.
La comisión será la que establezca los cronogramas de puesta en marcha del registro y de asegurar que los laboratorios de todas las regiones del país cumplan con un estándar para poder custodiar dicho material genético, que se mantendrá bajo estricta reserva. Al banco de información genética tendrán acceso todos los fiscales y jueces que investiguen casos de abuso sexual.
El Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual estará formado por el ADN de los que al momento de la reglamentación estén cumpliendo una condena por algún delito contra la integridad sexual.
Según el borrador, el juez o el Tribunal deberá ordenar en un plazo de seis meses la extracción de muestras biológicas para obtener el perfil genético. Respecto de aquellas personas que se encuentren cumpliendo pena privativa de la libertad, el plazo para la obtención del perfil genético del condenado será de dos meses.
Para los delitos futuros, y una vez que la condena esté firme, la justicia deberá disponer en no más de 5 días la extracción de material genético del violador.
Según estadísticas oficiales del Ministerio de Justicia, en 2012 las condenas por delitos sexuales fueron 1.830 y en 2015, último período procesado, fueron 2.428, un aumento del 33% en sólo cuatro años.
La ley 26.879, aprobada a principios de julio de 2013 y frenada desde entonces, dispone que el Estado obtenga una muestra de ADN de quienes hayan sido condenados por delitos contra la integridad sexual. La información será almacenada para contrastarla en el caso de que se investigue una posible reincidencia de parte de los agresores.
La creación de este registro, que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia de la Nación, a cargo de Martín Borrelli, tiene como objetivo “facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial en materia penal vinculada a delitos contra la integridad sexual y con el objeto de proceder a individualizar a las personas responsables”.
Aparentemente, se conformará una comisión integrada por un miembro del Ministerio de Justicia, otro del Ministerio de Seguridad y uno del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. Además, se “podrá invitar a participar a representantes de los Poderes Judiciales y de los Ministerios Públicos, así como a representantes del sector académico vinculados a la materia”.
La comisión será la que establezca los cronogramas de puesta en marcha del registro y de asegurar que los laboratorios de todas las regiones del país cumplan con un estándar para poder custodiar dicho material genético, que se mantendrá bajo estricta reserva. Al banco de información genética tendrán acceso todos los fiscales y jueces que investiguen casos de abuso sexual.
El Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual estará formado por el ADN de los que al momento de la reglamentación estén cumpliendo una condena por algún delito contra la integridad sexual.
Según el borrador, el juez o el Tribunal deberá ordenar en un plazo de seis meses la extracción de muestras biológicas para obtener el perfil genético. Respecto de aquellas personas que se encuentren cumpliendo pena privativa de la libertad, el plazo para la obtención del perfil genético del condenado será de dos meses.
Para los delitos futuros, y una vez que la condena esté firme, la justicia deberá disponer en no más de 5 días la extracción de material genético del violador.
Según estadísticas oficiales del Ministerio de Justicia, en 2012 las condenas por delitos sexuales fueron 1.830 y en 2015, último período procesado, fueron 2.428, un aumento del 33% en sólo cuatro años.
Fuente: ParaBuenosAires.com
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