Nota Leída y Presentada por los Vecinos Coordinadores en la Audiencia Pública

Morón, 28 de Noviembre del 2014
Sr. Presidente HCD Morón, Sr. Hernán Sabatella
Sres. Presidentes bloques:
Sres. Concejales
Representantes del Poder ejecutivo y otras instituciones presentes
Público en general, buenas tardes

Como vecina de Villa Sarmiento les agradezco que nos reciban hoy en este recinto para expresarles nuestra opinión sobre el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo al Consejo Deliberante. Si bien hemos alcanzado acuerdos sobre algunos de los puntos presentados por los vecinos a la Secretaria de Planeamiento, en esta oportunidad queremos profundizar algunos de los puntos del proyecto y explicarles cuáles son nuestros argumentos para solicitar dicha revisión en esta instancia. Para ello a continuación, detallare los puntos en los cuales diferimos con el proyecto presentado por la Secretaría de Planeamiento:

Art nº 3: Areas - Triángulo de Lambaré, De los Derechos Humanos y Rosales

Entendemos que por Catastro éste área forma parte de la localidad de Domingo Faustino Sarmiento (como pudimos constatarlo en la caratula de planos aprobados del proyecto mixto de viviendas y oficinas Vilanova). Tanto en el proyecto del Ejecutivo Municipal como en el Código de Planeamiento Urbano se la considera a esta zona como Palomar Sur.

Durante todas las reuniones realizas con la administración y otras instituciones, colegios, cámaras y vecinos nunca se mencionó al sector mencionado como Palomar Sur, siempre se lo incluyo en la problemática de Villa Sarmiento. En las 2 ordenanzas emitidas por el Ejecutivo Municipal y promulgadas por el Consejo Deliberante este sector fue excluido del tratamiento de la localidad de Domingo Faustino Sarmiento en lo referente al COU, no entendiendo a la fecha cual ha sido la razón de esta equivocación u omisión. Cabe aclarar que en ambas oportunidades que se promulgaron dichas ordenanzas los mismos vecinos de la zona solicitaron que se los integrara a la misma bajo la localidad de Domingo Faustino Sarmiento y en ambos casos la respuesta fue que esto se haría y no que no pertenecían a la villa como es la respuesta que recibimos hace unas semanas ante nuestra consulta concreta al ver el proyecto del Ejecutivo.

Solicitamos que esta área sea integrada a la localidad de Domingo Faustino Sarmiento como RMB por razones geográficas, de identidad barrial y sentimiento de pertenencia por parte de los vecinos afectados.

Art nº 7 – Punto b inciso 11: La propuesta inicial de los vecinos fue una cochera por unidad funcional para viviendas y 1 cochera cada 25 m2 de oficina. Se acordó con los funcionarios y vecinos disminuir de 1 cochera cada 120 m2 a 1 cochera cada 80 m2 para RMB, RMA, C2, C4 y C5 en lo referente a viviendas; y agregar 1 cochera cada 25 m2 cuando el uso del predio fuera destinado oficinas para las mismas zonificaciones. El texto del proyecto no refleja este acuerdo. El Poder Ejecutivo solo contempla a 1 cochera cada 80 m2 para viviendas en RMB, no considerando que sucede en los corredores o RMA (Villa Sarmiento Norte) y no contempla la necesidad de un número básico de cocheras para oficinas, cuyo uso se puede desarrollar en todas las zonificaciones de la villa. Cabe aclarar que en la propuesta del proyecto por parte de la Secretaria de Planeamiento antes el intendente Lucas Ghi, el Sr. Hernán Sabatella, otras autoridades, representantes de distintas entidades y vecinos presentes, el proyecto incluía, con respecto a las oficinas, 1 cochera hasta 40m2.

El objetivo de nuestro planteo radica en no utilizar el espacio público como estacionamiento privado, dado que la mayoría de los autos permanecen en las calles durante las 24 hs por la falta de suficientes cocheras en los desarrollos inmobiliarios realizados a la fecha y a futuro en las zonas permitidas para tales desarrollos (por ejemplo los corredores); evitar la falta de higiene en las calles por la dificultad de realizar los barrenderos la limpieza de las mismas ante la constante presencia de vehículos; disminuir los hechos de inseguridad en la vía pública, utilizando los recursos de la comunidad destinados a seguridad en forma más eficiente y no a salvaguardar los autos estacionados en las calles las 24 hs; evitar el congestionamiento de tránsito por el uso de ambas aceras para estacionar, dificultando en algunos casos inclusive la circulación del transporte público o en el caso de calles angosta la circulación de vehículos en ellas; no afectar la buena convivencia entre los vecinos por las discusiones que se sucitan por el estacionamiento de autos en la vía pública. Seguramente muchos de los argumentos esgrimidos no solo afectan a Villa Sarmiento sino a Morón en general excediendo la problemática del auto a la villa, como se puede observar en Morón, Castelar y Háedo también.

Art nº 8: Normas para Proyectos especiales
En el art 3.2.3.2 se suprime el punto h (Optativo: Fotos, notas, opiniones de vecinos y toda información que se juzgue de interés para la evaluación de la propuesta.) referida a presentación optativo de material sobre el proyecto, incluida firmas de vecinos.

Creemos que este punto no debiera ser optativo ni suprimirse sino ser obligatorio como el resto de los puntos expresados en el artículo 3.2.3.2 porque suma la opinión de los vecinos afectados por los proyectos, más allá de los propios inversores. Si bien los inversores institucionales son importantes y asumen riesgos empresariales temporales en cada emprendimiento, nosotros, los vecinos de Villa Sarmiento, lo somos más aún en nuestro doble rol de vecinos e inversores privados dado que nuestras viviendas son nuestro patrimonio y en éstas invertimos constantemente además de pagar los impuestos y servicios correspondientes. Además, permanentemente participamos de la vida comunitaria de nuestra localidad y municipio, lo que nos lleva a asumir desafíos continuamente.

Artículo 9: Corredor (C4) para Pte. Perón con limitación de usos de locales tipo clase A y B
Si bien en el proyecto del ejecutivo en la grilla de usos en el Corredor C4 (Pte. Perón) no se permite la habilitación de los locales tipo A y B, esto no queda claramente expresado o resulta confuso en el enunciado o cuerpo del correspondiente artículo del proyecto (Artículo 9).

Para nosotros, vecinos de Villa Sarmiento, es fundamental que este tema quede claramente expresado en el artículo 9 dado que el crecimiento de boliches (clase A y B) y la problemática que esta actividad genera a su alrededor alteran la tranquilidad de nuestra localidad, de nuestra villa, creando todo tipo de inconvenientes en nuestra vida diaria (ej seguridad, ruidos molestos, calles sucias, ataque a la propiedad privada y pública, etc.).

Artículo 9: Residencial
En la Grilla de Usos, se incluyen en la zonificación Residencial, viviendas unifamiliares y multifamiliares. Por definición del Código de Ordenamiento Urbano sólo es posible considerar en esta zonificación las viviendas unifamiliares (R: Residencial de Densidad Baja: Área de vivienda unifamiliar con comercio básico diario como uso complementario.) Ver anexo I, Folio Nº 10 del proyecto

Antes de finalizar quisiera destacar la participación de los vecinos de la villa en las distintas instancias que han tenido para hacerlo. Sin ellos nada de esto hubiera sido posible.
Agradezco nuevamente la oportunidad que nos brindan de plantear ante uds. nuestras diferencias y poder expresarles nuestros puntos de vista, aprovechando el espacio que nos brindan. La modificación del COU es una excelente oportunidad para resolver estas diferencias favorablemente. Muchas gracias
Saludamos a Uds. atentamente,


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